Dos cortes de apelaciones rechazan detención obligatoria sin derecho a fianza
Los tribunales del Noveno y Séptimo Circuito dictaminaron el 30 de julio que no se puede negar automáticamente una audiencia de fianza a los inmigrantes que ingresaron sin inspección, rechazando una política del gobierno de Trump adoptada a mediados de 2025.
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Datos clave
El 30 de julio de 2026, la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Noveno Circuito y la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Séptimo Circuito emitieron fallos que rechazan una política de la administración Trump que exigía la detención obligatoria, sin audiencia de fianza, para cualquier persona que ingresara a Estados Unidos sin inspección. Los casos, Rodriguez Vazquez v. Bostock en el Noveno Circuito y Cirrus Rojas v. Olson en el Séptimo Circuito, fueron presentados junto con la American Civil Liberties Union. Ambos tribunales determinaron que la política es ilegal y restablecieron el derecho de los inmigrantes afectados a solicitar a un juez de inmigración su liberación bajo fianza mientras avanza su proceso de deportación. La abogada de la ACLU, My Khanh Ngo, declaró: "La ley es clara: la administración no puede encerrar cruelmente a las personas de esta manera sin otorgarles el debido proceso básico de una audiencia de fianza". Con estas decisiones, ya son seis las cortes federales de apelaciones, junto con cientos de jueces de cortes de distrito, que han determinado que la política de detención obligatoria es ilegal.
Contexto
Durante décadas, los inmigrantes en procesos de deportación, incluso aquellos que cruzaron la frontera sin autorización, generalmente tenían el derecho de argumentar ante un juez que debían ser liberados bajo fianza en lugar de permanecer detenidos durante meses o años mientras sus casos avanzaban en tribunales de inmigración saturados. A mediados de 2025, la administración reinterpretó la ley federal de inmigración para eliminar esa opción a cualquier persona que hubiera ingresado sin inspección, una categoría que incluye a muchos residentes de larga data en Estados Unidos, padres de hijos ciudadanos y personas que podrían calificar para asilo, DACA u otro tipo de amparo legal. La política provocó un fuerte aumento de las detenciones prolongadas en todo el país.
Qué significa esto
Con seis circuitos alineados ahora contra la política, la mayor parte del país queda bajo una orden judicial que exige audiencias de fianza para este grupo, aunque el alcance geográfico específico depende de qué circuito emitió cada fallo. Para las personas actualmente detenidas sin una audiencia de fianza, esta es una oportunidad concreta para solicitar su liberación mientras su caso continúa pendiente. Se espera que la administración continúe litigando y aún es posible una revisión por parte de la Corte Suprema, por lo que el panorama legal todavía podría cambiar.
Qué hacer a continuación
Cualquier persona detenida bajo la política de no concesión de fianzas, o su familia, debe informar a su abogado de inmigración o comunicarse de inmediato con una organización de asistencia legal para solicitar una audiencia de fianza, citando estos nuevos fallos de circuito. Las personas que no tengan abogado pueden buscar ayuda gratuita o de bajo costo a través de organizaciones como el National Immigrant Justice Center o un proveedor local de servicios legales para inmigrantes. Debido a que las reglas pueden variar según el circuito y cambiar con rapidez, es importante confirmar la elegibilidad actual con un abogado calificado antes de realizar cualquier trámite.
Diario Migrante resume y analiza la cobertura de ACLU; los datos y las citas son de la nota original.