# Solo regirá la nueva declaración de patrocinio desde el 1 de octubre

> USCIS publicó el 31 de agosto una nueva edición (con fecha 08/24/26) del Formulario I-864 y habilitó una transición de 30 días. A partir del 1 de octubre solo se aceptará esta versión, la cual incluye la autorización para que la agencia consulte el informe de crédito del patrocinador.

Edición: [domingo, 6 de septiembre de 2026](https://diariomigrante.com/edicion/2026-09-06) · Sección: visas · Fuente: [USCIS](https://www.uscis.gov/i-864)
Permalink: https://diariomigrante.com/noticia/1420/solo-regira-la-nueva-declaracion-de-patrocinio-desde-el-1-de-octubre

## Datos clave

USCIS publicó una nueva edición del Formulario I-864, la Declaración Jurada de Patrocinio Económico, el 31 de agosto. La edición tiene fecha del 08/24/26.

La agencia permite un periodo de transición de 30 días durante el cual la edición anterior del 10/17/24 sigue siendo aceptable. A partir del 1 de octubre de 2026, USCIS señaló que solo aceptará la edición del 08/24/26 y no procesará la versión anterior si se presenta en esa fecha o posteriormente.

Es importante entender con precisión el tratamiento que recibirá un formulario desactualizado. USCIS indicó que, si recibe una edición distinta a la del 08/24/26 a partir del 1 de octubre, aplicará el reglamento sobre falta de presentación de evidencia inicial obligatoria. En la práctica, esto suele significar que la declaración jurada se considerará faltante en lugar de rechazar todo el expediente: una solicitud de pruebas adicionales y una demora, pero no un rechazo automático del caso.

La nueva edición incluye además un cambio sustancial: una autorización de privacidad que faculta a USCIS a solicitar información sobre el patrocinador a las agencias de informes de crédito al consumidor.

## Contexto

El I-864 es el compromiso formal que firma un patrocinador para respaldar económicamente a un inmigrante por petición familiar. Siempre ha requerido documentación de ingresos. Lo novedoso es el texto de consentimiento que autoriza a la agencia a acudir directamente a los burós de crédito, en vez de limitarse a la información presentada por el patrocinador.

Este periódico informó a principios de esta semana sobre esa facultad de consulta crediticia. La fecha límite de la edición del formulario representa la parte operativa de ese mismo cambio: el consentimiento se otorga mediante el formulario, y el 1 de octubre es la fecha en que dicho documento pasa a ser obligatorio.

Las fechas límite de las ediciones de los formularios parecen meros trámites de rutina, pero constituyen la fuente más evitable de demoras en todo el sistema. Un caso puede estar completo, ser preciso y contar con toda la documentación, y aun así retrasarse dos o tres meses debido a que el patrocinador descargó el formulario en julio y lo envió por correo en octubre.

Ese riesgo es mayor en los expedientes que se preparan lentamente, como un trámite consular en espera de un documento del extranjero o una solicitud de ajuste de estatus detenida mientras se programa un examen médico. El formulario estaba vigente al momento de firmarse, pero ya estaba obsoleto cuando se presentó.

## Qué significa esto

Si realiza la presentación antes del 1 de octubre, cualquiera de las dos ediciones es válida, aunque no hay razón para no utilizar la nueva.

Si realiza la presentación a partir del 1 de octubre, solo se aceptará la edición del 08/24/26. Cualquier otra provocará una solicitud de pruebas y el consecuente tiempo de espera.

Si su patrocinador ya firmó una edición anterior hace semanas y el expediente aún no se ha enviado, esa firma es el inconveniente. Solicítele que firme la versión actual.

Los patrocinadores también deben esperar una revisión de sus finanzas más rigurosa que en el pasado, y no deben firmar la nueva edición sin entender que autorizan una consulta de su historial crediticio.

## Pasos a seguir

Descargue el Formulario I-864 directamente del sitio web de USCIS el mismo día en que integre el expediente, y confirme que la fecha de edición impresa indique 08/24/26.

Si su trámite está a punto de presentarse, envíelo antes del 1 de octubre si puede hacerlo sin complicaciones.

Verifique también al copatrocinador, en caso de tenerlo. El Formulario I-864 del copatrocinador también debe corresponder a la edición vigente, y son ellos quienes con mayor frecuencia utilizan copias que alguien les envió por correo electrónico meses atrás.

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