Juez de Chicago ordena deportar a menores maltratados con casos pendientes
Un juez de inmigración en Chicago ordenó el 26 de agosto la deportación de al menos seis menores no acompañados, a pesar de que tribunales estatales determinaron que sufrieron abusos o abandono y sus solicitudes de protección siguen en trámite. Legisladores lo consideran una violación al debido proceso.
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Hechos clave
El 26 de agosto, el juez de inmigración Shawn Abraham ordenó la deportación de al menos seis menores no acompañados de Estados Unidos al término de una sola jornada de audiencias en la Chicago Immigration Court. Comparecieron aproximadamente veinte menores, la mayoría de entre 12 y 17 años y en su mayor parte procedentes de Centroamérica. Todos los menores que recibieron una orden de expulsión ya contaban con una determinación de un tribunal estatal de Illinois que certificaba que habían sufrido abusos, negligencia o abandono, y cada uno tenía una solicitud pendiente para el Special Immigrant Juvenile Status (SIJS), la protección federal que el Congreso creó precisamente para esas circunstancias.
El razonamiento del juez fue estricto y, en sus propios términos, técnico: una solicitud de SIJS pendiente, incluso una aprobada, no confiere por sí misma un estatus legal ni otorga una visa de manera inmediata, por lo que no impide que concluya un caso de deportación. El juez Abraham fue nombrado en mayo de 2026 y anteriormente trabajó como fiscal del condado de Cook y como asesor legal de ICE.
Contexto
El SIJS no es un vacío legal. Requiere que un tribunal estatal de menores determine la existencia de abuso, negligencia o abandono antes de que un menor pueda siquiera presentar su solicitud, lo que significa que estos menores ya habían pasado por un sistema judicial que examinó sus circunstancias y les dio credibilidad. La dificultad siempre ha sido la espera: los solicitantes aprobados esperan durante años debido a los límites anuales de visas por país antes de poder obtener la residencia permanente. Hasta ahora, ese período de espera se consideraba generalmente como un motivo para mantener abierto el caso y no como una razón para ordenar la deportación de un menor.
Lo que cambió para estos menores fue la representación legal. El 31 de julio, el gobierno puso fin a los contratos federales que durante años financiaron la asesoría y representación jurídica de menores no acompañados. Desde entonces, cientos de menores adicionales han sido programados para entrevistas, lo que, según defensores, llevará a más de ellos a procesos de deportación en las próximas semanas, muchos sin un abogado.
Laura Smith, directora del Children's Legal Center, describió cómo prepararon a los menores para lo que podía ocurrir: "Hubo lágrimas". El senador Dick Durbin declaró que ni siquiera estaba claro a dónde serían enviados los menores. La representante Jiménez afirmó que no se debe castigar a los menores por los problemas del país del que huyeron.
Qué significa esto
Una orden de deportación emitida por un juez de inmigración no es el final del camino. Puede ser apelada, y mientras la apelación esté pendiente, la orden no es definitiva ni puede ejecutarse. Los abogados de estos menores han manifestado que tienen la intención de apelar.
El mensaje de fondo trasciende a Chicago. Si una solicitud de SIJS pendiente ya no mantiene abierto un caso, miles de menores en todo el país que cumplieron con todos los requisitos del sistema quedan expuestos a la deportación mientras esperan en una fila creada por el propio Congreso. Se trata de un cambio en la práctica, no en la ley, y puede ser impugnado.
Pasos a seguir
Cualquier menor o familia con un caso pendiente de SIJS que reciba una orden de deportación debe comunicarse de inmediato con un abogado: el plazo para presentar una apelación ante la Board of Immigration Appeals es de 30 días a partir de la orden del juez, y no cumplirlo hace que la orden quede en firme.
Las familias que no tengan abogado deben buscar asistencia legal en organizaciones sin fines de lucro de su zona en lugar de esperar a que se les asigne uno de oficio; para los menores no acompañados, ese financiamiento federal ya no existe. Se deben conservar copias de la orden del tribunal estatal con las conclusiones sobre abuso o negligencia, así como de cualquier notificación de recibo de la solicitud de SIJS.
Diario Migrante resume y analiza la cobertura de Block Club Chicago; los datos y las citas son de la nota original.